No es tan difícil como parece

Las preguntas más comunes van en torno al envío de paquetes 4×4, documentos y aparatos electrónicos.

4×4

En el caso del 4×4 abajo tenemos una explicación más amplia sin embargo es bueno empezar precisando los costos y las dimensiones:

El costo de la libra es de $9 y se podrán enviar hasta 8 libras por paquete. La caja que ofrecemos es de 10x10x10 pulgadas y tiene un costo de $72. Si lo que usted manda excede el volumen (tamaño) de esta caja, podrían haber cargo adicionales. 

Si usted es migrante ecuatoriano, posee autorización por parte de su consulado para el envío de paquetería 4×4 y tiene agregada a su familia dentro de la website oficial de registro de núcleo familiar no pagará la tasa consular de $42.

Para conocer más sobre este registro entrar aquí. http://www.ecuadelivery.com/nuevo-registro-de-nucleo-familiar-para-migrantes-ecuatorianos-en-el-exterior/

Si usted vive en Ecuador y no es migrante, deberá pagar una tasa aduanera de $42 por cada caja que envíe. La tasa es fija, es un impuesto que la Aduana del Ecuador establece dentro de esta categoría, no importa si envía media libra o si envía las 8, igual lo tendrá que pagar.

  • Usted tiene derecho a 5 envios por año calendario.
  • No necesita registro en el consulado Ecuatoriano.
  • Consolidamos sus paquetes al peso ideal (1 – 8 libras)

Su paquete arribará en una semana directo a la puerta de su familiar, además podrá ir rastreando el mismo a través de nuestra web.

 

Si usted viven en Estados Unidos y no desea trasladarse hasta nuestras oficinas, puede enviar su paquete por correo postal USPS o cualquier correo local hasta nuestras instalaciones, nosotros le indicaremos una vez que lo hayamos recibido. Si decide enviarlo de esta forma coloque nuestro nombre así

ECUADELIVERY (escriba su nombre)

26500 Agoura Rd Ste. 102-804, Calabasas, CA, 91302 

Las indicaciones del remitente en Ecuador podrá enviárnosla vía whatsapp o correo electrónico a [email protected]

Si usted desea hacer compras online, es el mismo procedimiento.

 

DOCUMENTOS

Si va a enviar documentación, la misma puede ser hasta 1 kilo y el costo por sobre es de $50 y llega a la puerta de su familiar. En esta categoría de documentos, no se paga ninguna tasa adicional, todo está incluído y los tiempos de entrega son iguales, una semana.

 

ELECTRONICOS

  • Teléfonos Celulares: Solo para personas naturales con documento nacional de identidad ecuatoriana, podrán importar hasta una (1) unidad nueva (teléfono celular) por año fiscal. Para realizar la nacionalización se deberá presentar la factura original, luego se debe pagar basado en el valor real del teléfono el 12.5% de impuestos más el valor del envío (depende lo que pese)
  • Qué es ese 12.5% 
    • IVA: 12%
    • Fodinfa: 0.5%.
    • Los celulares y computadoras están exentos de Advalorem: NO PAGAN
  • LAPTOPS: Dentro de esta categoría podrá enviar una Laptop si la misma no excede de $400 en su costo. Si ese es su caso, pagaría solo $42 de impuestos (en caso de no ser migrante) y el valor del envío, el mismo que no puede excederse de 8 libras.
  • Si su computadora se excede de las 8 libras o de los $400 en valor, deberá cancelar 15% de impuestos basados en el valor final de la factura más el 6% del valor del seguro.
  • Todos los electrónicos deben viajar con su respectiva factura de soporte para declaración de aduanas.

Categorias aduaneras

Categoría A

  • Cartas, periódicos, fotografías, títulos, revistas, libros, tarjetas, chequeras, secogramas, información contenida en medios de audio, de video, magnéticos, electromagnéticos, electrónicos, que no sean sujetos de licencias, pudiendo ser de naturaleza judicial, comercial, bancaria, etc., que no sean con finalidad comercial y que no sean de prohibida importación.
  • Esta categoría está libre de impuestos y no requiere ningún documento de control previo a la importación.

Categoría B

  • Son todos los paquetes que pesan hasta 4 kilogramos y hasta USD$400, que puede ser utilizado únicamente por personas naturales. El valor y peso de lo importado deben presentarse en forma simultánea.
  • Esta categoría contempla un arancel específico de USD$42 por importación, el consignatario puede ingresar paquetes de hasta 5 importaciones (4×4) o USD$1200, lo que ocurra primero en el año fiscal, el pago del arancel es únicamente para el régimen de mensajería acelerada o Courier, Tráfico Postal no paga dicho impuesto.
  • En el caso de los migrantes ecuatorianos que constan en el registro consular, no pagarán el arancel de 42 dólares siempre que el peso sea igual o menor a los 4 Kg por paquete y el valor FOB sea menor o igual a un salario básico unificado, sin límite en el número de envíos.Este derecho será reconocido en los envíos que realicen migrantes ecuatorianos residentes en el extranjero que se hayan registrado en sus Consulados y hayan registrado a su vez a sus famliares. Más info sobre esto en este link http://www.ecuadelivery.com/nuevo-registro-de-nucleo-familiar-para-migrantes-ecuatorianos-en-el-exterior/

Categoría C

  • Son todos los paquetes que pesan hasta 50 kilogramos y hasta USD $2.000 que no entren en ninguna otra categoría. Las características de valor y peso deben presentarse en forma simultánea con excepción de las muestras sin valor comercial. En esta categoría no se contemplan textiles y calzado.
  • Teléfonos Celulares: Solo para personas naturales con documento nacional de identidad ecuatoriana, podrán importar hasta una (1) unidad nueva (teléfono celular) por año fiscal
  • Cuando se trate de repuestos para la industria, o para medios de transporte, requeridos con carácter de urgente, se admitirá en esa categoría un peso no mayor a 200 kilogramos, siempre que su valor no supere los USD $ 2,000.00 o equivalente en otra moneda.
  • Se exceptúa las limitaciones de valor y peso de las mercancías señaladas en el párrafo precedente cuando su número no exceda a 10 unidades, considerándose para estos efectos, como unidad, inclusive los juegos (sets o kits) conforme a las normas de clasificación arancelaria.
  • Esta categoría sí paga impuestos:
    • Advalorem: el porcentaje dependerá del producto
    • IVA: 12%
    • Fodinfa: 0.5%.

Categoría D

  • Son todos los paquetes con prendas de vestir , los demás artículos textiles confeccionados y calzado, que no se contemplen en la Categoría B, deberán obligatoriamente declararse en esta categoría, y el peso no puede excederse a los 20 kg ni el valor sobrepasar los US$ 2.000,00 (o su equivalente en otra moneda).
  • Esta categoría paga estos impuestos:
    • Advalorem: 10%
    • Específico: $5.5 por cada Kg de ropa, en el caso de calzado $6,00 por cada par de zapato.|
    • IVA: 12%
    • Fodinfa: 0.5%
  • Nota:En tu primera importación de ropa y calzados de hasta $500 en el año fiscal, no necesitarás documentos de control previo, siempre que sean importadas únicamente por personas naturales y sin finalidad comercial. Desde la segunda importación en esta categoría dentro del año fiscal, si requieren documentos de control previo tales como licencias INEN MIPRO, etiquetado R13.

Categoría E

  • Son los paquetes sin fines comerciales que contengan medicina, equipos ortopédicos, órganos, tejidos y células; fluidos humanos y otros elementos requeridos para procesos médicos y quirúrgicos de emergencia; equipos y aparatos para personas con discapacidad, libre del pago de tributos justificando su necesidad, ya sea a través de la presentación de una receta médica.
  • Esta categoría no contempla limitaciones de peso y valor, de igual manera no se exigirán documentos de control previo y según lo indicado en el Art. 125 del COPCI están exentos del pago de tributos al comercio exterior los siguientes productos:
    • Los aparatos médicos, herramientas especiales y prótesis que utilicen las personas con discapacidades para su uso o las personas jurídicas encargadas de su protección.
    • Fluidos, tejidos y órganos biológicos humanos, para procedimientos médicos a realizarse conforme la legislación aplicable para el efecto.

Categoría F

  • Libros o similares Paquetes con libros o similares.
  • Equipos de computación y sus partes: De acuerdo al cambio en el arancel al 10% en la partida 8471 según consta en la Resolución 51 ya no aplica Categoría F para estás mercancías, mismas que se deben clasificar en las categorías B o C según los parámetros indicados en estas categorías
  • Estimado ciudadano si Ud. va a recibir envíos desde el exterior, es importante que conozca lo siguiente:

    • No se permitirá la importación de ropa y calzado en estado usado en la categoría D. En caso de traerlos en la categoría B y superen los límites de peso y valor, no podrán ser nacionalizadas y serán donadas a la Secretaría del Estado a cargo de la política Social.
    • Están prohibidas las importaciones de bebidas alcohólicas en categoría B.
    • Todos los envíos realizados que constituyan muestras sin valor comercial, deberán venir claramente identificados como tales en la guía aérea o guía courier, factura y producto, que su valor en aduana no supere los cuatrocientos dólares, o las tres unidades por ítem o por presentación comercial.
    • Productos alimenticios, así como suplementos vitamínicos que superen el peso y valor de la categoría B requerirán para su nacionalización, la presentación de Registro sanitario del MSP.
    • Está prohibida la importación en todas las categorías a través de Courier y postal de:
      • 1. Impresos publicitarios
      • 2. Decodificadores
      • 3. Dinero en efectivo
      • 4. Armas
      • 5. Animales
      • 6. Repuestos usados
    • Recuerde: En el caso de que las mercancías excedan las limitaciones de peso y valor establecidos para el régimen de Courier y postal, éstas deberán pagar todos los tributos y cumplir con todas las formalidades aduaneras correspondientes a una importación común.
    • Para mayor información sobre las mejores condiciones para sus envíos desde el exterior, consulte con su habitual Courier o correo postal.